martes, 7 de enero de 2014

DERROTEMOS AL ESTADO POLICIAL



Publicado el 7 enero, 2014 por PDLD
El Estado policial se caracteriza por un control férreo del Estado sobre la sociedad mediante la supresión de los derechos que protegen las libertades y su ejercicio.

En la génesis y desarrollo del Estado policial, el poder legislativo vacía de contenido o suprime, en todo o en parte, las leyes garantistas de los derechos y libertades individuales, utiliza brutalmente la fuerza represora de sus policías, espía a sus ciudadanos, gasta ingentes sumas en medios de vigilancia, control de la disidencia y equipamientos y materiales policiales y elimina, desacredita o neutraliza a quienes se oponen al despliegue de una forma de dictadura que no siempre se identifica como tal, ya que pueda ser incluso compatible con Constituciones más o menos formalmente democráticas y hasta con regímenes pluralistas de partidos.

No siempre los Estados policiales llegan a través de golpes de Estado militares, estados de excepción, estados de sitio u otras formas más o menos transitorias y excepcionales que posteriormente pretendan convertir las nuevas situaciones creadas “de facto” o “de iure”(algunas de estas fórmulas restrictivas de las garantías jurídicas están incluso contempladas en las Constituciones “democráticas”) en permanentes.

A menudo el Estado policial se configura a partir de su capacidad para ir sofisticando las variadas fórmulas de control, espionaje y represión frente a sus propios fantasmas, que no son otros que el temor a la pérdida de poder de la clase dirigente a cuyos intereses representa y protege, ya que el Estado reviste siempre una naturaleza de clase, si bien se legitima “democráticamente” al crear todo un aparato jurídico, ideológico y social capaz de hacer creer a las clases desposeídas que como superestructura responde a un interés de todos, el llamado “interés general”. Nada más falso, si bien la ideología del “Estado de los ciudadanos” tiende a operar como real en la medida en que es capaz de crear la ficción inducida, a modo de consenso, de que opera por encima de los intereses particulares de tal o cual clase social en beneficio del conjunto de la sociedad.

Mientras el Estado es capaz de garantizar cierta redistribución social de la riqueza nacional a través de impuestos con cierta progresividad, que reviertan en la construcción de fórmulas más o menos amplias de Estado Social o del Bienestar, puede mantener unos niveles de paz social que aseguren el dominio de unas clases por otras con un alto grado de consentimiento de las clases trabajadoras y un uso más o menos limitado de la fuerza o “monopolio de la violencia”, en palabras del sociólogo alemán Max Weber.

Cuando este aparente “equilibrio” de intereses antagónicos se rompe, casi siempre por efecto de una crisis en el sistema económico, crisis que acaba derivando en políticas económicas de Estado que compensen la caída en la tasa de ganancia del capital, mediante recortes en el gasto público, abaratamiento de los despidos y descenso de los salarios, empieza a resquebrajarse la paz social, ya sea mediante protestas sociales organizadas, descontento en la opinión pública, incremento peligroso de la pobreza, aumento de los delitos contra la propiedad,…

Es el momento en el que los Estados pasan de la práctica de una simple “medicina preventiva”(desviación de la protesta social hacia objetivos no críticos para el sistema mediante disidencias controladas, control, espionaje selectivo, seguimiento e infiltración en organizaciones, represión muy selectiva sobre grupos muy radicalizados y aislados socialmente,…) respecto al “orden público”, la “seguridad ciudadana” y la “paz social” a establecer “cordones sanitarios” sobre sectores más amplios (desinformación sobre segmentos concretos de la protesta, estigmatización de los mismos, intentos de aislamiento y focalización de la represión sobre ellos,…) en cuanto a control social y represión policial. Si la tensión social se incrementa e incorpora a crecientes sectores de la población se pasa entonces a medidas de “cirugía social” mediante leyes que recorten el ejercicio de las libertades democráticas y los derechos de manifestación, reunión, expresión y opinión, con el fin de reducir su capacidad de presión al máximo, criminalizando la práctica de los mismos.

La seguridad, y no el libre ejercicio de las libertades, base de las Constituciones liberales, pasa a ser el bien jurídico a proteger, casi siempre bajo la coartada de preservar las segundas y contraponiendo el derecho de manifestación de sectores cada vez más amplios de la sociedad a los “derechos de los ciudadanos”.

Si trasladamos el análisis de las etapas de control y represión que lleva a cabo habitualmente el Estado capitalista, veremos con claridad que en España ya hemos alcanzado la etapa de “cirugía social”. En refuerzo de esta afirmación debemos recordar que los Presupuestos Generales del Estado para 2014 incorporan una partida de 5.264 millones de euros para el Ministerio del Interior, un incremento del 1,38%, destinados a seguridad ciudadana, cuando en el resto de los Ministerios se reduce el gasto para este año en una media de un 4,7%.

Así mismo se han creado leyes sobre “orden público” y “seguridad ciudadana” que contienen artículos pensados “ad hoc” contra una protesta social que va cuestionando de forma creciente al sistema económico sostenido por el Estado capitalista

La Reforma del Código Penal contiene artículos que avanzan hacia la criminalización con penas de cárcel del todo en cuanto al ejercicio del derecho de manifestación por el comportamiento de una parte de la misma, por mínima que ésta sea –individuo que actúa solo o “amparado en un grupo”-, que iguala el acto y la potencia en su consideración penal o que condena severamente ocupaciones de despachos, oficinas o locales privados o públicos en actos de protesta.

Es la misma lógica que se impone en esa reforma del Código Penal en las manifestaciones tanto contra el que “incite al grupo o a sus miembros a cometer actos violentos” (¿cómo juzgar el contenido de expresiones emitidas al calor de actos masivos?) como contra el que jalee dichas expresiones. Y esto se extiende, de igual modo hacia quienes expresen similares posturas en medios de comunicación y redes sociales en el contexto de preparación de manifestaciones u otras formas de protesta, lo que las criminaliza previamente.

Condenar con penas de prisión el lanzamiento de petardos y cohetes o la realización de barricadas de fuego, propias de diversos sectores de la protesta obrera, o la interrupción del funcionamiento de medios de transporte, que recuerda a las huelgas de autobuses y de metro, indican los objetivos de fondo de la mencionada legislación. El futuro Código Penal es especialmente preocupante porque conlleva penas de cárcel contra determinadas formas de protesta, algo que los medios de comunicación en su oportunismo sobre la última noticia del día, la que vive de la publicidad ligada a las audiencias, han decidido arrojar al olvido, centrándose en las nuevas leyes represoras que van apareciendo y tapando con cada “innovación jurídica” del gobierno las que anteriormente saltaron a la palestra.

La futura Ley de Seguridad Ciudadana complementa en su carácter represor al Código Penal, avanzando por su parte hacia el objetivo de arruinar por vía económica a la protesta social. A través de un sistema de multas, muchas de las cuales superan con mucho a las aplicadas a grandes empresarios encausados por delitos económicos, se trata de disuadir a quienes salgan a la calle para gritar no a las políticas antisociales derivadas de la crisis capitalista. Las cuantías sancionadoras se sitúan entre los 600.000 y los 100 €, lo que tendrá un brutal efecto disuasor de la protesta, si esta ley llega a estar operativa.

En esta ley, la denuncia ejercida por un policía tendrá valor probatorio, por lo que su denuncia iniciará el procedimiento de la multa que se llevará a cabo sin las garantías jurídicas que conlleva la intervención de un juez.

Si se carece de dinero para satisfacer la multa, se abrirá un procedimiento de embargo de la cuenta o de las propiedades de la persona sancionada, con las consecuencias que ello puede llegar a acarrear.

A través de esta nueva ley quien no haya conocido las fichas policiales del franquismo tendrá la oportunidad de descubrir lo que representará el Registro General de Infracciones, lo que le convertirá, en caso de que las motivaciones de su protesta sean políticas, en un represaliado político no reconocido.

La comisión de una infracción muy grave (como manifestarse ante el Congreso, el Parlamento de su Comunidad Autónoma, delante de una central nuclear o se ha manifestado en el período comprendido entre el fin de una campaña electoral y el cierre de los colegios electorales) tendrá las graves consecuencias de que el nombre de la persona infractora será publicado por todos los medios, incluido Internet. Imaginemos lo que ello representará para el/la parado/a que busque trabajo.

No nos detendremos en un análisis minucioso de la Reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana, si bien recomendamos el visionado de un vídeo que la explica
Por su parte, la reforma de la Ley de Seguridad Privada faculta a los agentes de seguridad privados para intervenir en espacios públicos con nuevas competencias para identificar, cachear y detener personas. El control del espacio público por parte de los vigilantes de seguridad privada supone el fin del control de la seguridad privada como competencia exclusiva del Estado y la ampliación de los efectivos represores contra la protesta social.

La reforma del Código Penal y de la Ley de Seguridad de Seguridad Ciudadana se anticiparon, con el fin de hacer coherentes ambas leyes con la recientemente aprobada en el Congreso Ley de Seguridad Privada, concediendo competencias represoras a las policías privadas en cooperación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Hay que recordar que el nivel formativo de los agentes de seguridad privada (período de formación de 3 meses) está muy por debajo del de la policía (2 años), que su conocimiento en materia jurídica o respeto a las garantías del detenido es más que exiguo, lo mismo que en cuestiones ligadas a la seguridad pública, la legislación en materia de derechos y libertades y un manejo suficiente de la Constitución. Su inclusión dentro de competencias ligadas a la seguridad pública indica la voluntad del Estado capitalista de recurrir a la represión por la vía más barata, ligada a sectores partidarios de los estados fallidos y a intereses particulares de miembros del partido del gobierno en empresas de seguridad privada, cuestión ésta en la que el propio Ministro del Interior, Fernández Díaz, ha actuado como lobbista, al señalar su intención de favorecer el negocio de este sector.

En ese estado de cosas, las declaraciones de altos cargos del partido del Gobierno de avanzar hacia una reforma de la Ley de Huelga muestran hasta qué punto la pasión inquisitorial y antidemocrática de dicho partido tiene un claro sesgo de clase, al considerar el nuevo ciclo que se está abriendo dentro de las protestas de los trabajadores de importantes empresas como una amenaza de radicalización de las luchas, ahora con un componente de clase que hasta hace bien poco había sido negado y rechazado por los sectores que protagonizaban la protesta social. Desde nuestra identidad como organización nos sentimos especialmente agredidos cuando vemos que la clase trabajadora en lucha (empresa HP, limpieza de Madrid y Málaga, Panrico, radiotelevisión valenciana, Unipost, …) sufre este nuevo ataque por parte del fascio-liberalismo en el Gobierno.

Defender el derecho de huelga es un acto de afirmación democrática y de apoyo al sector más amplio de nuestra sociedad, la clase trabajadora.

Por último, la agresión contra el derecho de la mujer a disponer libremente de su propio cuerpo, que representa la reforma de la reforma de la Ley de Interrupción del Embarazonos retrotrae en libertades y derechos mucho más allá de 1985, ya que ni siquiera es cierto que la futura nueva ley sea una vuelta a la antigua ley de supuestos del aborto por cuanto no contempla el de malformación del feto, condenando a la mujer a ser cómplice de una vida marcada por el dolor para el nacido y para su propia familia u obligándola a arrostrar los riesgos de un aborto clandestino o ilegal, mientras médicos o psiquiatras dictaminan en lugar de la propia mujer acerca de su soberanía sobre su propio cuerpo.

Por todas las razones anteriormente expuestas, es necesario y obligado salir a la calle a defender las conquistas sociales, derechos y libertades que nos están siendo arrebatados por los partidarios de un Estado policial que están acometiendo un cambio tal de la arquitectura jurídica que los garantizaba, arrastrándonos hacia un golpe de Estado silencioso.

Es necesaria una movilización lo más amplia posible, unitaria por parte del mayor número de organizaciones y masiva en cuanto a respuesta social porque las libertades se defienden ejerciéndolas y fiar sólo la derrota de leyes injustas y antidemocráticas a la inconstitucionalidad de las mismas es el camino más seguro a la derrota, ya que la mayoría parlamentaria del PP permite su control sobre las mayoría de la composición del Tribunal Constitucional ahora y, previsiblemente, durante un largo período.

Sólo mediante un rechazo activo, colectivo y organizado será posible oponer un contrapoder de la movilización frente a la imposición de los antidemócratas.

Por este motivo, la Plataforma en Defensa de las Libertades Democráticas (PDLD), como parte integrante de la Coordinadora Paremos la Criminalización de la Protesta Social, apoya y llama a secundar con una gran respuesta social la convocatoria realizada por esta última de concentración frente al Ministerio de Justicia, C/ San Bernardo, 45, Madrid, el jueves 16 de Enero a las 7 y media de la tarde.

PAREMOS LA CRIMINALIZACIÓN DE LA PROTESTA SOCIAL. SIN DERECHOS NI LIBERTADES NO HAY DEMOCRACIA

 #16E Paremos la criminalización de la protesta social. En defensa de las libertades. Mº de Justicia. 16 de Enero 7 y media



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