miércoles, 11 de diciembre de 2013

El ‘negocio de la seguridad’ era una víctima colateral del fin de ETA…, ahora el PP le encuentra ‘una salida’



El Supremo dio por demostrado que los Mayor Oreja tenían intereses en estas empresas, y ahora la ciudadanía sospecha de la nueva Ley de Seguridad Privada que el ministro de Interior ha reconocido que está pensada para ampliar su campo de actuación
| 11/12/2013
Ahora es juez del Tribunal Constitucional, pero el 6 de noviembre de 2008, la magistrado Encarnación Roca Trías era juez del Tribunal Supremo, en concreto de la Sala de lo Civil. Ese día la sala dictó una sentencia de la que ella había sido ponente y que tenía que ver con un recurso interpuesto por Mariano Rajoy Brey y los hermanos Mayor Oreja, Jaime, Carlos y José, contra Xavier Arzallus.
Rajoy y los Oreja contra Arzallus
En el año 2002, el político nacionalista en un acto público se quejaba de que se estuviera paralizando la posibilidad de aumentar los efectivos de la policía autonómica en 200 nuevos miembros. E insinuó que podía haber una razón oculta para ello. Sus palabras fueron: “no pienso, no quiero pensar que Rajoy esté anunciando un principio de privatización de la policía, acudir a las compañías privadas, ¿no?, en las que, por cierto, la familia Mayor Oreja tiene amplios intereses”. Lo que venía a decir el dirigente del PNV era, claramente, que se buscaba mantener en lo que él consideraba un número insuficiente a la policía autonómica, de forma que la seguridad de los amenazados por ETA tuviera que recaer en las compañías de seguridad que ofrecían servicio de escoltas.., y que en ese negocio los dirigentes del PP tenían intereses. Rajoy entonces era el ministro de Interior, razón por la que el líder peneuvista le incluía en su ‘pensamiento’.
La reacción de Jaime Mayor incluyó calificativos contra Arzallus como ‘calumniador’ y ‘cobarde’, y ante la negativa del político nacionalista a rectificar, acabó en una demanda ‘por intromisión en el honor’. Sus hermanos se sumaron a Jaime, y los tres presentaron la querella a la que, aún más sorprendentemente, se sumó Mariano Rajoy, un hombre que huye de los pleitos, como se ha demostrado en el caso Luis Bárcenas, contra el que se ha negado a actuar legalmente mientras que sí lo hicieron su partido y otros líderes ‘populares’.
Juzgado de Primera Instancia, Audiencia Provincial y Supremo coincidieron: los Oreja habían participado en el negocio de la seguridad
Los hermanos Oreja y, con ellos, Mariano Rajoy, fueron perdiendo demanda y recursos. Primero fue el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vitoria, que de acuerdo a la documentación aportada durante la causa, dio como probada la participación de Jaime Mayor Oreja en Eulen, una empresa que gestiona compañías de seguridad, y la de sus hermanos en empresas como Seguritec, Prosegur y Protección y Custodia. Después ante la Audiencia Provincial de Vitoria, que vino a confirmar lo que había dictaminado el juzgado de Primera Instancia.
Y al final ante el Supremo, que, conforme a lo que proponía la ponente, la juez ahora del Constitucional, Encarnación Roca Trías, en su sentencia daba por probado que “de acuerdo con la documentación aportada relativa a las certificaciones del BORME (Boletín Oficial del Registro Mercantil), desde 1992 hasta el momento en que se efectúan las declaraciones por parte del D. Xavier Arzallus Antia diferentes miembros de la familia Mayor Oreja habían ostentado y ostentaban cargos diversos en empresas privadas de seguridad”.
Un negocio que ‘mancha’ a los dirigentes populares
En realidad, la insinuación de Arzallus, los intereses de los Mayor Oreja en los negocios de la seguridad privada, que todos los tribunales fueron dando por hecho probado, es algo de lo que siempre se ha acusado a políticos del PP. Tanto desde las filas de la oposición de izquierda, como desde el público. De hecho, tan pronto se conoció que se iba a permitir que los vigilantes privados pudieran hacer funciones hasta ahora reservadas a la policía, en las redes sociales se está apuntando en esta dirección profusamente.
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Lo cierto es que el propio ministro, Jorge Fernández ha reconocido que la ley va a servir para ‘revivir’ el campo de negocio de las empresas de seguridad privada, que se había convertido en ‘víctima colateral’ del fin de los atentados de ETA. El argumento que utilizan en Interior, uno muy recurrente: en España el número de vigilantes por habitante es menor que en otros países como Alemania, Francia o el Reino Unido. Una forma de consagrar el hecho de que el Estado se dispone a renunciar a tener más policías o guardia civiles -sólo se están reponiendo el 10% de las plazas que quedan vacantes en estos cuerpos de funcionarios-, para ‘privatizar’ la responsabilidad de la seguridad.
Un negocio que mueve en estos momentos por encima de los 3.500 millones de euros al año y que se va a ver muy reforzado porque ante estas empresas se abre la oportunidad de cubrir tareas que hasta ahora llevaban en exclusiva las Fuerzas de Seguridad públicas, y que, como les venimos contando en ELPLURAL.COM en los últimos meses, van a incluir la supervisión de la convivencia en zonas abiertas y otras como las zonas exteriores de los recintos públicos.

Mayor Oreja: el liberalismo como coartada
12/04/07


De todos es sabido que el liberal-capitalismo no cree en el Estado, que entre sus dogmas está el de privatizar funciones estatales como las de seguridad. Que cuando el PP estuvo en el poder, sus dirigentes apostaron por privilegiar a las empresas de seguridad privadas en detrimento de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado. Más allá de la justificación ideológica, lo siguiente puede ofrecer otras explicaciones.

La historia nace en febrero de 2002, cuando se negociaba y negaba por el Gobierno del Partido Popular el incremento de 200 agentes de la Ertzaintza y la renegociación del Concierto Económico y el cupo. Xabier Arzálluz declaró que estos problemas políticos, entre otras razones, se encardinaban en los posibles intereses de Jaime Mayor Oreja y algunos de sus familiares en empresas privadas de seguridad y en la posibilidad de privatizar ciertos servicios de seguridad pública y policiales (hecho que efectivamente se ha producido con la generalización de agentes de seguridad privada en protección de instituciones oficiales, espectáculos públicos, servicios de escolta, estaciones de ferrocarril y aeropuertos, protección de altos ejecutivos de empresas públicas etc.).

Jaime Mayor Oreja, Mariano Rajoy, José María Mayor Oreja y Carlos Mayor Oreja presentaron una demanda civil de protección al honor acogiéndose a la Ley Orgánica 1/1982, demanda que ha sido desestimada y considerada además temeraria por dos órganos judiciales diferentes: el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Vitoria y la Audiencia Provincial de Álava. Ambos órganos judiciales no solo declaran que las afirmaciones de Xabier Arzálluz son veraces, es decir que se ha practicado la debida diligencia en su averiguación sino que las han declarado hechos probados.

Ya el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Vitoria declara probado lo siguiente: la participación de Jaime Mayor Oreja en EULEN, que gestiona empresas de seguridad, de su hermano José María en Prosesa y, a través de la empresa intermediaria Estudios y Experiencia S.L., en otras empresas de seguridad, en las que participaban otros directivos del Partido Popular, como Prosegur, Prosesa y Protexa.

En la sentencia que resuelve el recurso de apelación de la Audiencia Provincial de Vitoria se va más allá y se declara probado lo siguiente:

- José Maria Mayor Oreja ha sido presidente de dos compañías de seguridad, Falcon Contratas y Seguridad S.A. y Falcon Servicios de Seguridad Integral y miembro del consejo a través de una empresa intermediaria de Cobra Sistemas de Seguridad S.A.

José María Mayor Oreja fue apoderado hasta 1995 de Protección y Custodia S.A. que, tras la absorción por Protecsa, se convirtió en Prosegur y actualmente es administrador único de Segurotec S.A.

Que el propio Jaime Mayor Oreja fue socio de Estudios y Experiencias S.L., empresa socia de Seguritec S.A. y de Protección y Custodia S.A.

- Dña. Purificación Mayor Oreja, hasta el año 2001, fue socia de Estudios y Experiencias S.L.

José María Mayor Oreja sigue siendo hoy consejero de la sociedad Técnicas Especiales de la Construcción cuyo objeto social era la prestación de Servicios de Vigilancia, Protección, Defensa y Seguridad de las empresas.

Marcelino Oreja es apoderado de Falcon Contratas y Seguridad S.A. Todos los datos anteriores los extrae la Audiencia Provincial de Vitoria del Registro Mercantil.

A mayor maldad: el presupuesto que el Ministerio del Interior destina este año a sufragar los gastos de escolta y protección de los perseguidos políticos en las provincias vascas y Navarra es de 100 millones de euros. Las empresas que se reparten este sabroso pastel son: Ombuds, Eulen, Seguriber, Coviar, Securitas, Prosegur, P-3, Prosetecnisa y Segur-Ibérica.




Aprobado el proyecto de la nueva Ley de Seguridad Privada en España

14 / 06 / 2013 

Interior da carta blanca a los vigilantes privados para actuar contra los piquetes
Después de la polémica generada con la reciente aprobación en Consejo de Ministros de la Ley de Seguridad Ciudadana, el Ejecutivo perfila el articulado de otro proyecto de ley, el deSeguridad Privada, que también cuenta con el rechazo de la izquierda parlamentaria. Si bien la oposición ha centrado sus ataques a la norma en que permite a los vigilantes privados“detener, cachear e identificar” a los ciudadanos en “espacios públicos”, en colaboración con la Policía Nacional y la Guardia Civil, hay otros aspectos de la futura normativa que también han recibido duras críticas. Es el caso de las dudas sobre el ejercicio de derecho de huelga por parte de este colectivo.
Así, lo denuncia la Izquierda Plural (IU-ICV-CHA), que considera que “el propio derecho de huelga de estos agentes se ve cercenado en el proyecto de ley”. Dicho texto, añade IU, "también cercena el derecho de huelga de otros sectores y otros colectivos con la actuación a la que pueden verse obligadosvigilantes de seguridad y trabajadores de seguridad privada ante conflictos laborales en otros sectores”.
El proyecto de ley debería limitar un porcentaje lícito de servicios mínimos, ya que el concepto “servicio esencial” es demasiado amplio y podría vetar el derecho a huelga
En concreto, el diputado de Izquierda Unida (IU)Sixto Iglesias defendió este martes una enmienda en este sentido en laComisión de Interior del Congreso, pero fue rechazada por el Partido Popular. El proyecto dice en su artículo 8.6 que “cuando el personal de seguridad privada desempeñe sus funciones en entidades públicas o privadas en las que se presten servicios que resulten o se declaren esenciales por la autoridad pública competente, o en los que el servicio de seguridad se haya impuesto obligatoriamente, habrá de atenerse, en el ejercicio del derecho de huelga, a lo que respecto de dichas entidades disponga la legislación vigente”.
Según Izquierda Unida, este precepto anula el derecho de huelga del vigilante, al que se le exige su asistencia al puesto de trabajo. Por ello, han pedido la supresión del supuesto “cuando el servicio de seguridad se haya impuesto obligatoriamente”.
“Aunque se contrate a la empresa (de seguridad) únicamente para realizar un servicio en un día de huelga, como el trabajador tiene el derecho a no proclamar la realización o no de la misma y la empresa tiene la potestad del reparto del trabajo, puede mandar a desempeñar este servicio, a un vigilante que ese día pretenda realizar la huelga, vetándole dicho derecho”, explican fuentes de IU. Asimismo, entienden que el proyecto debería limitar un porcentaje lícito de servicios mínimos, ya que el concepto “servicio esencial” es demasiado amplio, con lo que podría producirse otro veto a la huelga.
Las mismas fuentes apuntan que, con esta normativa, el Ministerio del Interior que dirige Jorge Fernández Díaz está dando carta blanca a los vigilantes privados, contratados por las propias entidades en huelga, para actuar contra los piquetes. Esta tarea de disuasión de los piquetes es ahora competencia exclusiva de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, pero la irán asumiendo paulatinamente los vigilantes privados, vaticinan.
El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, dio instrucciones el mes pasado a la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, para iniciar las negociaciones oportunas a fin de elaborar una ley de servicios mínimos que supla las carencias que presenta el real-decreto de Huelga vigente desde 1977. Carencias que fueron evidenciadas en los últimos paros registrados en Madrid respecto a la limpieza viaria de sus calles y la recogida de basuras.
Centros de formación profesional
Otra laguna importante del proyecto de ley de Seguridad Privada es, según la oposición, la falta de una regulación específica sobre la formación de estos vigilantes. El diputado socialista Antonio Trevín considera imprescindible que el Ministerio de Educación establezca el “itinerario curricular indispensable” para adquirir los conocimientos necesarios que permitan prestar tales servicios de vigilancia y seguridad privada. Los socialistas también reclaman que dichas enseñanzas se impartan en centros de formación profesional.
A su juicio, la propuesta del PP camina en sentido contrario, es decir, en “conceder todo el poder a las grandes empresas que en éste como en otros aspectos logran el cien por cien de sus pretensiones: formarán y seleccionarán a su libre albedrío”.
Por otro lado, el principal partido de la oposición también cuestiona que la futura normativa vaya más allá del ámbito de la seguridad. Trevín advierte de que el Gobierno permite la contratación de empresas privadas para “la prevención o reposición de catástrofes producidas por riesgos accidentales o derivados de la naturaleza”. Ello es competencia pública de Protección Civil, cuyo papel puede verse relegado así a un segundo plano, al igual que el apoyo que recibe de la Unidad Militar de Emergencias (UME), creada por el Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero para este tipo de actuaciones.
El proyecto de ley fue aprobado este martes (CiU y PNV también lo respaldaron) en la Comisión de Interior, con competencia legislativa plena, y pasa ahora al Senado, donde podrá volver a incorporar enmiendas. Una vez concluya su tramitación parlamentaria, la norma puede entrar en vigor a principios del próximo año

Otra vuelta de tuerca: los vigilantes privados podrán identificar y detener en plena calle

Los vigilantes privados podrán identificar y detener en la vía pública


Agentes privados vigilarán el exterior de las cárceles y podrán detener en la calle





El negocio de la seguridad privada de la ultraderecha
11/12/2013

La extrema derecha española: Levantina de Seguridad vende símbolos nazis


La extrema derecha española: Levantina de Seguridad vende símbolos nazis

José Luis Roberto

Policías Municipales de la Comunidad Valenciana reciben cursos de formación en la Academia de Seguridad Levantina

 26-10-2004

Una empresa vinculada a la ultraderecha vigilará monumentos de la Generalitat


MAPA INCOMPLETO DE LA EXTREMA DERECHA, (2) JOSÉ LUIS ROBERTO, ESPAÑA 2000



Informe sobre el Anteproyecto de Ley de Seguridad Privada
12 de abril de 2013
  • Será más estricta y rigurosa con el sector y abrirá la puerta a nuevos servicios.
  • La nueva norma incorpora el principio de complementariedad entre la seguridad privada y la pública.
  • Aumenta los controles sobre la actividad de los detectives y fija fuertes sanciones para acabar con el intrusismo.
El Consejo de Ministros ha recibido un informe del ministro del Interior sobre el Anteproyecto de Ley de Seguridad Privada, que pretende, entre otros objetivos, impulsar la coordinación y cooperación entre los sectores de seguridad pública y privada, y abrir a este último la posibilidad de prestar nuevos servicios demandados por la sociedad y que no están recogidos en la normativa actual. A la vez, será más estricta y rigurosa con las compañías de seguridad privada, con un régimen sancionador exigente.
La seguridad privada en España ha experimentado un extraordinario desarrollo en los últimos años. Como botón de muestra, el sector está compuesto por casi 1.500 compañías, con una plantilla de unas 90.000 personas y una facturación de 3.600 millones de euros, según los últimos datos disponibles correspondientes al ejercicio 2011.
España es uno de los países que lidera este sector. En cambio, nuestro país es uno de los Estados de Europa con más policías por habitante (528 agentes por cada 100.000 habitantes, frente a los 385 de media de la Unión Europea). Mientras, el número de los vigilantes privados se sitúa en unos 200 por cada 100.000 habitantes, 71 menos que la media de la Unión Europea.
Legislación ampliamente superada
En su momento, la actual normativa de Seguridad Privada, que data de 1992, fue pionera e imitada por los países de nuestro entorno. No obstante, veinte años después de su aplicación ha quedado ampliamente superada por la realidad y ha puesto de manifiesto sus insuficiencias y lagunas. La normativa vigente no está adaptada al entorno tecnológico esencial para el sector de la seguridad privada y no recoge el régimen actual de distribución de competencias entre el Estado y las Autonomías. Hasta la fecha, estas insuficiencias han sido paliadas por normas reglamentarias o resoluciones de la Dirección General de la Policía sin verdadero carácter normativo, que han generado problemas de inseguridad jurídica y de dispersión normativa.
De ahí la necesidad de disponer de un nuevo texto jurídico con rango de ley, que regule de forma integral y sistemática el modelo español de seguridad privada, y dote al sector de un marco jurídico flexible que permita la adecuación de los requisitos exigibles a la naturaleza de las distintas actividades y servicios de seguridad privada.
Complemento de la seguridad pública
Con el Anteproyecto de Ley de Seguridad Privada, que hoy ha presentado el ministro del Interior en el Consejo de Ministros, se supera la concepción consagrada en la Ley de 1992 centrada en el control y la potestad sancionadora en este sector para acoger un planteamiento más ambicioso de seguridad integral en el que la seguridad privada pasa a ser complemento de la pública, siempre bajo la preeminencia de esta última.
Para ello, el nuevo texto incorpora el principio de complementariedad entre la seguridad privada y pública, considerando aquélla un recurso externo de ésta, mientras que la normativa aún vigente pone el acento exclusivamente en el principio de subordinación de la seguridad privada a la pública. En este contexto, los principios de irrenunciable preeminencia de la seguridad pública sobre la privada y de complementariedad, cooperación y corresponsabilidad constituyen los ejes rectores de esta nueva norma.
Con el fin de dotar de mayor seguridad jurídica al sector, el nuevo texto define legalmente los conceptos hasta ahora jurídicamente imprecisos, fija el ámbito material y la finalidad a la que sirve la seguridad privada y determina las actividades compatibles con las propias de la seguridad privada. Además, incorpora la investigación privada a las actividades de las empresas de seguridad y matiza el principio de exclusión de la seguridad privada en espacios públicos, excesivamente rígida y obsoleta.
El Título primero de la futura Ley está dedicado a la coordinación y colaboración entre los servicios de seguridad privada y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, una de las ideas clave de esta ley. Para ello, prevé la creación de Comisiones Mixtas de Seguridad Privada integradas por representantes del Ministerio del Interior, del sector de seguridad privada y de las autonomías con competencia en esta materia.
Mayor control de los detectives
El título segundo del texto normativo regula las empresas de seguridad y despachos de detectives, que deberán inscribirse en un nuevo Registro Nacional de Seguridad Privada. Se establece un sistema flexible que permitirá incrementar o reducir los requisitos de las empresas, en función de la actividad desempeñada.
La nueva Ley incrementa, además, el control sobre la actividad de los detectives privados, con nuevas obligaciones:
  1. Deberán documentar los encargos en un contrato escrito.
  2. Además del libro-registro que ya llevan, habrán de elaborar un informe permanentemente actualizado, en el que conste el cliente, el encargo, los medios utilizados y los resultados obtenidos.
  3. El informe estará en todo momento a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de la Autoridad Judicial.
  4. Presentarán una memoria anual de actividades al Ministerio del Interior.
Además, se regula más estrictamente el acceso a la investigación privada y su ejercicio, que afecta a ámbitos de la vida privada protegidos por derechos fundamentales y libertades públicas. Por esta razón es preciso un exhaustivo régimen legal que garantice el respeto a tales derechos e imponga límites frente a un ejercicio inadecuado de esta actividad.
Funciones del personal de seguridad
El título tercero se refiere al personal de seguridad privada y regula cuestiones anteriormente dejadas al reglamento, tales como las relativas a las funciones de gran parte del personal de seguridad. Como respuesta al gran avance tecnológico y al fuerte incremento del subsector de las alarmas, se prevé que la verificación de alarmas sea una función de los vigilantes de seguridad.
Por primera vez, se regula en una norma de rango legal las medidas de seguridad física, electrónicas, informáticas… Esta nueva Ley abrirá las puertas a las compañías de seguridad privada a nuevos servicios demandados por la sociedad. Por ejemplo:
  • Servicios de videovigilancia privada dentro de inmuebles.
  • Gestión y respuesta de alarmas.
  • Vigilancia de polígonos, urbanizaciones y zonas comerciales peatonales.
  • Servicios de planificación y asesoramiento.
  • Vigilancia perimetral de prisiones, siempre bajo la dirección de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
  • Investigación privada.
Control, inspección y sanciones
Las actuaciones de control e inspección sobre las entidades, el personal y las medidas de seguridad se recogen también, por primera vez, con rango de ley, así como la obligación de colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado de ese personal. Además, se regulan las medidas provisionales que pueden adoptar los funcionarios policiales antes de la incoación de un expediente sancionador, cuando sea necesario para evitar la producción de daños: suspensión de servicios prestados por empresas no autorizadas, desconexión de alarmas, etcétera.
El Anteproyecto pone punto y final a las carencias de la anterior legislación, con un régimen sancionador que tipifica por separado las infracciones de las empresas, del personal y de los usuarios de seguridad privada, incluyendo, por primera vez, los centros de formación de personal. Con el fin de acabar con el intrusismo, se aplicarán graves sanciones, que pueden llegar hasta el cierre de las empresas que infrinjan esta normativa.
Por último, el texto se adapta a la actual distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas e introduce también instrumentos para evitar la actuación de empresas que incumplan sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y los derechos de los trabajadores, comprometiendo gravemente la seguridad.



Interior cambia la ley para ampliar el negocio de la seguridad privada






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